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14 de junio de 2013

Ecuador reconocerá el trabajo de las amas de casa en el hogar

La Constitución de la República en su artículo 34 señala que el Estado garantizará y hará efectivo el ejercicio pleno del derecho a la seguridad social, que incluye a las personas que realizan este tipo de actividad.
 
“Trabajador es el que recibe un salario, o sea, ¿la madre de familia que trabaja 16 horas en casa de lunes a domingo no es trabajadora? Claro que es trabajadora. Dentro de categorías laborales mundiales, a las amas de casa las colocan como Población Económicamente Inactiva (PEI) porque el criterio básico es si esa persona se dedica o no al intercambio en el mercado”.  

Así se expresó el presidente de la República, Rafael Correa, tras anunciar que dentro del nuevo Código Laboral se reconocerá el trabajo no remunerado del hogar, es decir, el pago de salarios y otros beneficios para las amas de casa, algo que en la normativa actual no existe. 

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